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La Justicia belga ordena a AstraZeneca que suministre dosis de vacunas a la UE

Comisión Europea | 18.06.21

Bruselas, 18 de junio de 2021.– El Tribunal de Primera Instancia de Bruselas ha decidido hoy adoptar medidas cautelares en el asunto incoado contra AstraZeneca por la Comisión Europea y los 27 Estados miembros de la UE.

Este tribunal ordena a AstraZeneca que suministre urgentemente 50 millones de dosis de vacunas antes del 27 de septiembre de 2021, con arreglo a un calendario vinculante:

  • 15 millones de dosis antes del 26 de julio, a las 9 horas.
  • 20 millones de dosis para el 23 de agosto.
  • 15 millones de dosis el 27 de septiembre.

En caso de incumplimiento de estos plazos de entrega, AstraZeneca deberá pagar una penalización de 10 euros por dosis no entregada.

La decisión del juez sobre las medidas cautelares solicitadas se basa en el hecho de que AstraZeneca cometió un incumplimiento grave («faute lourde») de sus obligaciones contractuales con la Unión.

El tribunal también considera que AstraZeneca debería haber desplegado todos sus esfuerzos para entregar las vacunas dentro del calendario acordado, incluidos los centros de producción británicos explícitamente mencionados en el contrato, especialmente teniendo en cuenta los grandes retrasos en las entregas a la UE.

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, está satisfecha con esta decisión y ha declarado al respecto: «La presente Decisión confirma la posición de la Comisión: AstraZeneca no cumplió los compromisos asumidos contractualmente. Es una buena noticia ver que un juez independiente así lo confirma. Esto demuestra que nuestra campaña europea de vacunación no solo es útil para los ciudadanos, sino también que estaba basada en una base jurídica sólida.»

Comunicado de prensa disponible en línea.

 

 

Presupuesto de la UE para 2020: el informe de rendimiento destaca la respuesta rápida y global de la UE a la crisis del coronavirus, al tiempo que apoya las prioridades clave de la UE

Comisión Europea | 08.06.21

El presupuesto de la UE ha contribuido a la respuesta rápida y global de la UE a la crisis del coronavirus y a sus consecuencias, sosteniendo a la vez las prioridades generales de la UE. Esto ha supuesto movilizar recursos financieros de forma rápida y flexible para responder a las necesidades más apremiantes, sin transigir a la hora de aplicar las normas más estrictas de gestión financiera.

La Comisión presenta hoy dos textos complementarios sobre la información sobre el rendimiento del presupuesto de la UE:

El primer documento (el informe anual de gestión y rendimiento) ha demostrado que, a pesar de su tamaño relativamente pequeño, el presupuesto de la UE es capaz de lograr resultados importantes y puede desempeñar un papel fundamental en tiempos de crisis. El sólido marco de control interno de la Comisión garantizó que el presupuesto de la UE quedara bien y eficazmente protegido durante todo el ejercicio.

El marco de rendimiento (objeto del segundo documento) garantizará que la Comisión Europea siga haciendo en el futuro gran hincapié en los resultados conseguidos, empezando por la aplicación eficaz del actual marco financiero plurianual, complementado por el instrumento de recuperación NextGenerationEU. En conjunto, ambos representan el mayor paquete de estímulo jamás financiado con cargo al presupuesto de la UE.

Johannes Hahn, comisario responsable de Presupuesto y Administración, ha declarado: «2020 fue un año extremadamente difícil debido a la pandemia de coronavirus, pero la UE demostró una vez más su capacidad para hacer frente a este reto. Gracias al presupuesto de la UE, esta dio una respuesta rápida y global sin precedentes para ayudar a superar las repercusiones sanitarias, económicas y sociales de la pandemia, al tiempo que extendíamos nuestra solidaridad mucho más allá de nuestras fronteras. Al tiempo que luchamos contra la pandemia, seguimos centrándonos en nuestras prioridades y hemos cumplido todos nuestros objetivos presupuestarios, sobre todo los relacionados con el clima y la biodiversidad. En los próximos años, la Comisión tiene la gran responsabilidad de seguir ejecutando con eficacia el presupuesto de la UE a largo plazo y NextGenerationEU. Aun en tiempos de crisis, sigue siendo nuestro objetivo aumentar al máximo la eficacia del gasto de la UE, además de seguir cumpliendo con los ciudadanos y los socios internacionales de la UE».

El informe anual de gestión y rendimiento del presupuesto de la UE de 2020

El informe anual de gestión y rendimiento del presupuesto de la UE es el documento mediante el cual la Comisión asume la responsabilidad general de la gestión del presupuesto de la UE del ejercicio anterior.

El informe anual de gestión y rendimiento de 2020 demuestra que la UE utilizó su presupuesto de ese año de forma rápida y eficaz para mitigar la crisis del coronavirus y sus consecuencias.

  • En tan solo unas semanas, la UE movilizó cada euro disponible dentro de sus competencias presupuestarias para paliar los efectos de la crisis. Los fondos se movilizaron rápidamente gracias a una nueva flexibilidad en los programas existentes, como los fondos estructurales, o a nuevas iniciativas, tales como el Instrumento de Asistencia Urgente o el innovador programa SURE.
  • La respuesta presupuestaria a la pandemia de coronavirus y sus consecuencias fue global e hizo frente a la crisis sanitaria inmediata y a su impacto socioeconómico.
  • La contratación pública centralizada de la UE contribuyó a la obtención de vacunas seguras y eficaces para todos los Estados miembros de la UE. SURE aportó financiación a los Estados miembros en apoyo del empleo, llegando a una cifra estimada de entre 25 y 30 millones de trabajadores.
  • La UE también ha tomado la iniciativa de proporcionar un acceso equitativo a las vacunas en todo el mundo gracias a los esfuerzos del Equipo Europa y a su apoyo al mecanismo COVAX.

Mientras combatía la pandemia, la UE siguió avanzando en las prioridades políticas de la UE a través del presupuesto de la Unión:

  • Sostuvo la transición ecológica, mediante el gasto del 20,1 % de su presupuesto para 2014-2020 (216 000 millones de euros) en la lucha contra el cambio climático, con lo que cumplió su objetivo del 20 %, y destinando 8 % (85 000 millones de euros) a la biodiversidad.
  • Apoyó la transición digital, por ejemplo, al contribuir a que 25 millones de hogares se conectaran a internet de alta velocidad con cargo a los fondos de cohesión y al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas.

El presupuesto de la UE alcanzó estos resultados salvaguardando al mismo tiempo los intereses de los contribuyentes gracias a medidas eficaces contra el fraude y las irregularidades.

El informe también indica que el presupuesto de la UE se gestionó correctamente en 2020 gracias a lo siguiente:

  • un sólido marco de control interno
  • un seguimiento constante de los riesgos (en particular los relacionados con la crisis del coronavirus)
  • su ciclo de control plurianual consolidado y otras medidas de mitigación.

En particular, el riesgo de errores al pagar fondos a nuestros socios y beneficiarios se estima en el 1,9 % del volumen total. Muchos de esos errores, estimados en el 1,0 % del volumen total, se detectan y corrigen antes del cierre de los programas. Esto nos lleva a un riesgo de errores reales del 0,9 % del volumen total, muy por debajo del límite de tolerancia del 2 %, según lo aplicado por el Tribunal de Cuentas Europeo.

Marco de rendimiento del presupuesto a largo plazo de la UE para el período 2021-2027

Gastar eficazmente los recursos de la UE es aún más importante teniendo en cuenta el volumen y el papel sin precedentes del presupuesto de la UE después de 2020 y la creación del Instrumento de Recuperación NextGenerationEU.

  • El marco de rendimiento descrito en la Comunicación ayudará a la Comisión y a sus socios a ejecutar y orientar el presupuesto de manera aún más eficaz.
  • Abarca los objetivos concretos que cada programa debe alcanzar en el presupuesto a largo plazo 2021-2027 y NextGenerationEU, así como indicadores y metas para medir los avances e informar periódicamente sobre los resultados.
  • Un marco de rendimiento moderno es también una herramienta de gestión fundamental. Aportará la información necesaria para detectar tempranamente los problemas que surjan, de modo que puedan adoptarse oportunamente medidas correctoras, y para informar de la reasignación de recursos cuando aparezcan nuevas prioridades, dentro de los límites previstos por el marco jurídico.
  • La Comisión no puede aplicar por sí sola un marco de rendimiento moderno y sólido. Impulsar la eficacia y la transparencia de los programas de la UE exige un esfuerzo coordinado. La Comisión se alegra de la importancia creciente que el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas Europeo y los Estados miembros conceden al rendimiento del gasto de la UE. Colaborar contribuirá a garantizar que este presupuesto de la UE, de una magnitud y ambición sin precedentes, aproveche todo su potencial, en beneficio de los ciudadanos de la UE.

Contexto

Informe anual de gestión y rendimiento

Mediante el informe anual de gestión y rendimiento, la Comisión asume la responsabilidad política general de la gestión del presupuesto de la UE del ejercicio anterior. Está previsto en el artículo 318 del TFUE y en el artículo 247 del Reglamento Financiero, y forma parte del paquete sobre la información financiera y contable integrada (IFAR) que la Comisión presenta al Parlamento Europeo para sustentar su solicitud de aprobación de la gestión. La aprobación de la gestión es el procedimiento mediante el cual el Parlamento Europeo evalúa la ejecución del presupuesto de la UE por parte de la Comisión.

El informe anual de gestión y rendimiento se basa en lo siguiente:

  • informes anuales de actividades
  • fichas de programa
  • evaluación de los programas de la UE
  • trabajo del auditor interno
  • trabajo del Comité de Seguimiento de las Auditorías
  • trabajo del Tribunal de Cuentas Europeo

La Comisión publica el informe anual de gestión y rendimiento sobre la ejecución del presupuesto de 2020 al mismo tiempo que el proyecto de presupuesto de 2022. Esto proporciona a las partes interesadas un conjunto completo de información sobre el rendimiento, coherente tanto en el proyecto de presupuesto como en los procedimientos de aprobación de la gestión. Por lo tanto, la Comisión hace hincapié en la importancia que concede al rendimiento y al papel de la información sobre el rendimiento en la planificación presupuestaria.

El informe principal es deliberadamente muy breve (diez páginas) para que sea lo más accesible posible y facilitar su lectura. Esto refuerza la rendición de cuentas de la Comisión. Los anexos facilitan valiosa información adicional, y en concreto:

  • El anexo 1, «Rendimiento y resultados», presenta un resumen de alto nivel de la ejecución del presupuesto de la UE en 2020.
  • El anexo 2, «Control interno y gestión financiera», explica la manera en que la Comisión ha protegido los recursos de la UE a pesar de los retos planteados por la pandemia de coronavirus.
  • El anexo 3, «Resumen de la ejecución por programas», incluye fichas de rendimiento breves y fáciles de leer sobre cada programa de gasto de la UE.

La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el marco de rendimiento del presupuesto de la UE dentro del MFP 2021-2027 destaca la importancia que la Comisión concede a la ejecución eficaz del presupuesto. La Comisión publica esta Comunicación en el contexto de la transición entre dos marcos financieros plurianuales, lo que ofrece la oportunidad de explicar el marco de rendimiento y los planes de la Comisión para su ulterior mejora.

Más información

Informe anual de gestión y rendimiento

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el marco de rendimiento del presupuesto de la UE dentro del MFP 2021-2027

Rendimiento y presentación de informes

 

La Comisión Propone Suavizar las Restricciones de los Viajes no Esenciales a la UE


La Comisión Europea | 04.05.2021

La Comisión propuso ayer que los Estados miembros suavicen las actuales restricciones de los viajes no esenciales a la UE para tener en cuenta los avances de las campañas de vacunación y la evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo.

La Comisión propone permitir la entrada en la UE por razones no esenciales no solo a todas las personas procedentes de países con una buena situación epidemiológica, sino también a todas las personas que hayan recibido la última dosis recomendada de una vacuna autorizada por la UE. Este permiso podría ampliarse a las vacunas para las que se haya completado el proceso de inclusión en la lista de uso en emergencias de la OMS. Además, la Comisión propone aumentar, en consonancia con la evolución de la situación epidemiológica en la UE, el umbral relativo al número de nuevos casos de COVID-19 utilizado para fijar la lista de países desde los cuales deben permitirse todos los viajes. Esta medida debería permitir al Consejo ampliar dicha lista.

Al mismo tiempo, la aparición de variantes de coronavirus preocupantes exige una vigilancia continua. Por lo tanto, como contrapeso, la Comisión propone un nuevo mecanismo de «freno de emergencia», que se coordinaría a escala de la UE y que limitaría el riesgo de que estas variantes entren en la UE. Gracias a él, los Estados miembros podrán actuar con rapidez, limitando al mínimo indispensable todos los viajes desde los países afectados durante el tiempo necesario para adoptar las medidas sanitarias adecuadas.

Viajes no esenciales para viajeros vacunados

La Comisión propone que los Estados miembros supriman las restricciones a los viajes no esenciales para las personas vacunadas que viajen a la UE. Esta medida refleja los últimos dictámenes científicos, que demuestran que la vacunación ayuda considerablemente a romper la cadena de transmisión.

Los Estados miembros deben permitir viajar a la UE a aquellas personas que hayan recibido, al menos 14 días antes de su llegada, la última dosis recomendada de una vacuna que cuente con una autorización de comercialización en la UE. Los Estados miembros también podrían ampliar el permiso a las personas vacunadas con una vacuna para la que se haya completado el proceso de inclusión en la lista de uso en emergencias de la OMS. Además, si los Estados miembros deciden suprimir el requisito de presentar una prueba PCR negativa o de someterse a cuarentena para las personas vacunadas en su territorio, también deben eximir de dicho requisito a los viajeros vacunados procedentes de fuera de la UE.

Este proceso debería facilitarse una vez que el certificado verde digital sea operativo, de conformidad con las normas propuestas por la Comisión el 17 de marzo. En particular, los viajeros deben poder demostrar su situación con respecto a la vacunación mediante un certificado verde digital expedido individualmente por las autoridades de los Estados miembros, o mediante otro certificado reconocido como equivalente en virtud de una decisión de adecuación de la Comisión.

Hasta que el certificado verde digital sea operativo, los Estados miembros deben poder aceptar certificados de países no pertenecientes a la UE basados en la legislación nacional, teniendo en cuenta la capacidad de verificar la autenticidad, validez e integridad del certificado en cuestión, y si este contiene todos los datos pertinentes.

Los Estados miembros podrían considerar la posibilidad de crear un portal que permita a los viajeros solicitar el reconocimiento de un certificado de vacunación expedido por un país no perteneciente a la UE como prueba fiable de vacunación, o la expedición de un certificado verde digital.

Los niños excluidos de la vacunación deben poder viajar con sus padres vacunados si muestran una prueba PCR negativa de COVID-19 realizada con una antelación máxima de 72 horas con respecto a la hora de llegada. En estos casos, los Estados miembros podrían exigir pruebas adicionales tras la llegada.

Supresión total de las restricciones de los viajes no esenciales desde más países

En este momento, independientemente de la situación individual con respecto a la vacunación, se permiten los viajes no esenciales desde 7 países con una buena situación epidemiológica. El Consejo decide esta lista sobre la base de los criterios epidemiológicos contenidos en la Recomendación vigente.

La Comisión propone modificar tales criterios a fin de tener en cuenta las crecientes pruebas del efecto positivo de las campañas de vacunación. La propuesta consiste en aumentar de 25 a 100 el umbral de notificación acumulada de casos de COVID-19 durante los 14 días previos. Esta cifra sigue estando considerablemente por debajo de la media actual de la UE, que es superior a 420.

El umbral adaptado debe permitir al Consejo ampliar la lista de países desde los que se permiten viajes no esenciales, independientemente de la situación con respecto a la vacunación, siempre que se apliquen medidas relacionadas con la salud, como las pruebas diagnósticas o la cuarentena. Como ya ocurre ahora, el Consejo debe revisar esta lista al menos cada 2 semanas.

Seguir autorizando los viajes esenciales

Quienes viajen por razones esenciales, incluidos, en particular, los profesionales sanitarios, los trabajadores transfronterizos, los trabajadores agrícolas temporeros, el personal de transporte y los marinos, los pasajeros en tránsito, las personas que viajan por razones familiares imperiosas o quienes lo hacen por motivos de estudios, deben seguir estando autorizados a entrar en la UE, independientemente de si están vacunados o no, o del país del que procedan. Este mismo criterio se aplica a los ciudadanos de la UE y a los residentes de larga duración, así como a los miembros de sus familias. Los viajes de este tipo deben seguir estando sujetos a medidas relacionadas con la salud, como las pruebas diagnósticas y las cuarentenas decididas por los Estados miembros.

«Freno de emergencia» para contrarrestar la propagación de variantes

Cuando la situación epidemiológica de un país no perteneciente a la UE empeore rápidamente y, en particular, si se detecta una variante preocupante o de interés, un Estado miembro puede suspender urgentemente y de forma temporal todos los viajes entrantes de ciudadanos no pertenecientes a la UE residentes en ese país. Las únicas excepciones en este caso afectarían a los profesionales sanitarios, el personal de transporte, los diplomáticos, los pasajeros en tránsito, las personas que viajan por razones familiares imperiosas, los marinos y las personas necesitadas de protección internacional o que necesiten desplazarse por otras razones humanitarias. Estos viajeros deben estar sujetos a condiciones estrictas de prueba diagnóstica y cuarentena, incluso si han sido vacunados.

Cuando un Estado miembro aplique tales restricciones, los Estados miembros reunidos en el seno de las estructuras del Consejo deben revisar la situación conjuntamente de manera coordinada y en estrecha cooperación con la Comisión, y deben seguir haciéndolo al menos cada 2 semanas.

Próximas etapas

Corresponde ahora al Consejo estudiar esta propuesta. Está previsto un primer debate a nivel técnico en la reunión del Dispositivo de Respuesta Política Integrada a las Crisis (RPIC) del Consejo que tendrá lugar el 4 de mayo, seguido de un debate en la reunión de los embajadores de la UE (Coreper) del 5 de mayo.

Una vez que el Consejo adopte la propuesta, corresponderá a los Estados miembros aplicar las medidas establecidas en la Recomendación. El Consejo debe revisar la lista de países no pertenecientes a la UE exentos de la restricción de viaje a la luz de los criterios actualizados y seguir haciéndolo cada dos semanas.

Contexto

Sobre la base de una Recomendación acordada por el Consejo, se está aplicando actualmente una restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE desde muchos países no pertenecientes a ella. El Consejo revisa periódicamente y, en su caso, actualiza la lista de países desde los que es posible viajar con arreglo a la evaluación de la situación sanitaria.

Esa restricción se aplica solo a los viajes no esenciales. Quienes tengan una razón esencial para venir a Europa deben seguir teniendo la posibilidad de hacerlo. Las categorías de viajeros con una función o necesidad esenciales se enumeran en el anexo II de la Recomendación del Consejo. Los ciudadanos de la UE y los residentes de larga duración, así como los miembros de sus familias, también deben estar autorizados para entrar en la UE.

A raíz de una propuesta de la Comisión, el Consejo acordó el 2 de febrero de 2021 salvaguardias y restricciones adicionales para los viajeros internacionales que viajan a la UE, destinadas a garantizar que los viajes esenciales a la UE sigan siendo seguros en el contexto de la aparición de nuevas variantes de coronavirus y de la volatilidad de la situación sanitaria en todo el mundo. Estas siguen siendo aplicables.

El 17 de marzo de 2021, en una Comunicación titulada «Una senda común hacia la reapertura segura de Europa», la Comisión se comprometió a vigilar de cerca el funcionamiento de la Recomendación del Consejo relativa a la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, y propuso modificaciones en consonancia con la evolución de la situación. La propuesta de ayer actualiza la Recomendación del Consejo.

En paralelo a los preparativos para la reanudación de los viajes internacionales de los viajeros vacunados, la Comisión propuso, el 17 de marzo de 2021, crear un certificado verde digital que demuestre que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, ha recibido un resultado negativo o se ha recuperado de la COVID-19, a fin de facilitar la circulación segura y libre dentro de la UE. La presente propuesta también sienta las bases para el reconocimiento de los certificados de vacunación de países no pertenecientes a la UE.

La Recomendación del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE se refiere a la entrada en la UE. A la hora de decidir si pueden suprimirse las restricciones a los viajes no esenciales para un determinado país no perteneciente a la UE, los Estados miembros deben tener en cuenta la reciprocidad de las medidas aplicadas por dicho país a los países de la UE. Se trata de una cuestión distinta de la del reconocimiento de los certificados expedidos por países no pertenecientes a la UE en virtud del certificado verde digital.

La Recomendación del Consejo afecta a todos los Estados miembros (excepto Irlanda), así como a los 4 Estados no pertenecientes a la UE que se han adherido al espacio Schengen: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. A efectos de las restricciones de viaje, estos países están asimilados a los Estados miembros.

En el sitio web Re-open EU puede consultarse la información más reciente comunicada por los Estados miembros sobre las normas aplicables a la entrada desde países no pertenecientes a la UE.

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