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Entran en vigor las normas reforzadas de control de las exportaciones de la Unión

Comisión Europea | 09.09.21

La Unión refuerza hoy su capacidad de respuesta ante los nuevos riesgos para la seguridad y las tecnologías emergentes. El nuevo Reglamento sobre el control de las exportaciones, que entra hoy en vigor, reforzará los controles del comercio de productos de doble uso —bienes y tecnologías civiles con posibles usos militares o de seguridad— y mejorará la capacidad de la Unión para proteger los derechos humanos y potenciar las cadenas de suministro de productos estratégicos seguras.

Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo y comisario de Comercio, ha declarado: «Tenemos que responder mejor a las amenazas emergentes en un mundo cada vez más volátil. Esto significa mejorar el control de las tecnologías de doble uso, incluidas las tecnologías de cibervigilancia, que pueden utilizarse indebidamente para vulnerar los derechos humanos. Gracias a estas nuevas normas de la UE, los países de la Unión también colaborarán ahora más estrechamente entre sí y con los aliados frente a los posibles riesgos para la seguridad derivados de la biotecnología, la inteligencia artificial y otras tecnologías emergentes. También trabajaremos juntos para garantizar unas condiciones de competencia equitativas para las empresas, por ejemplo en el contexto del nuevo Consejo de Comercio y Tecnología UE-EE. UU.».

El nuevo marco permite a la Unión adoptar una serie de medidas importantes para poner en común conocimientos y afrontar retos concretos, en particular en relación con la cibervigilancia —se están preparando directrices sobre la diligencia debida al respecto— pero también sobre las tecnologías emergentes de doble uso, como la informática avanzada.

El Reglamento introduce una mayor transparencia mediante el incremento de las consultas y la presentación de informes entre los Estados miembros y la Comisión, contribuyendo al desarrollo de una nueva plataforma de la UE de concesión de licencias por vía electrónica, que ya se encuentra en fase piloto en cuatro Estados miembros de la UE.

También proporciona una base jurídica para la actuación de la Unión a nivel multilateral, plurilateral y bilateral —que supone el reconocimiento de que la eficacia de los controles depende de la cooperación de los principales productores de tecnología—, y se basa en el marco multilateral existente para los controles de las exportaciones, a saber, el Arreglo de Wassenaar, que constituye la base de numerosas restricciones impuestas por el Reglamento a escala de la UE.

Contexto

En septiembre de 2016, la Comisión adoptó su propuesta legislativa, destinada a sustituir al Reglamento de 2009, para modernizar los controles de la Unión sobre las exportaciones de productos sensibles —bienes y tecnología— de doble uso. Estos productos tienen numerosos usos civiles, pero también pueden utilizarse con fines de defensa, inteligencia y garantía del cumplimiento de la ley (materiales nucleares y especiales, telecomunicaciones, electrónica y ordenadores, tecnologías espaciales y aeroespaciales, equipos marinos, etc.), y también pueden utilizarse indebidamente para vulnerar los derechos humanos.

El nuevo Reglamento incluye muchas de las propuestas de la Comisión para una «mejora global del sistema» y hará más eficaz el actual sistema de control de las exportaciones de la UE mediante:

  • la introducción de una nueva dimensión de la «seguridad humana» con el fin de que la Unión pueda responder a los retos que plantean las tecnologías emergentes de doble uso —especialmente las tecnologías de cibervigilancia—, que suponen un riesgo para la seguridad nacional e internacional; la incorporación de la protección de los derechos humanos;
  • la actualización de conceptos y definiciones clave (por ejemplo, la aplicación de la definición de «exportador» a las personas físicas y a investigadores que participan en transferencias de tecnología de doble uso);
  • la simplificación y armonización de los procedimientos de concesión de licencias y la facultad otorgada a la Comisión para modificar —mediante el procedimiento «simplificado», es decir, un acto delegado— la lista de productos o destinos sujetos a formas específicas de control, por lo que el sistema de control de las exportaciones será más ágil y podrá evolucionar y adaptarse a las circunstancias;
  • la mejora del intercambio de información entre las autoridades encargadas de conceder las licencias y la Comisión con vistas a incrementar la transparencia de las decisiones de concesión de licencias;
  • la coordinación y el apoyo de una estrecha vigilancia del cumplimiento de los controles, incluyendo la mejora del intercambio electrónico seguro de información entre los organismos encargados de la concesión de licencias y los servicios que velan por el cumplimiento de los controles;
  • el desarrollo de un programa de la UE de capacitación y formación para las autoridades de los Estados miembros responsables de la concesión de licencias y de velar por el cumplimiento de la ley;
  • la divulgación dirigida a la industria y la transparencia con las partes interesadas, desarrollando una relación estructurada con el sector privado mediante consultas específicas de las partes interesadas por parte del grupo pertinente de la Comisión compuesto por expertos de los Estados miembros;
  • el fortalecimiento del diálogo con los terceros países y la búsqueda de condiciones de competencia equitativas a escala mundial.

Más información:

Reglamento sobre el control de las exportaciones

Nota. Ejecución del Reglamento

Controles del comercio de productos de doble uso

 

 

IVA: las nuevas normas sobre comercio electrónico en la UE simplificarán la vida de los comerciantes e introducirán más transparencia para los consumidores

Comisión Europea | 28.06.21

Mañana entrarán en vigor las nuevas normas sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA) para las compras en línea. Esta novedad se enmarca en el contexto de los esfuerzos destinados a garantizar unas condiciones de competencia más equitativas para todas las empresas, simplificar el comercio electrónico transfronterizo e introducir una mayor transparencia para los compradores de la UE en lo que respecta a los precios y la libre elección.

El sistema del IVA de la UE se actualizó por última vez en 1993 y no ha seguido el ritmo del auge del comercio electrónico internacional, que ha transformado el sector minorista en los últimos años. La pandemia de coronavirus también ha acelerado el auge del comercio minorista en línea y ha confirmado la necesidad de una reforma para velar por que se abone al país del consumidor el IVA adeudado por las ventas en línea. La nueva normativa también responde a la necesidad de simplificar la vida tanto a los compradores como a los comerciantes, y afectará a los vendedores y mercados o plataformas en línea, tanto dentro como fuera de la UE, a las empresas de correos y mensajería, a las administraciones aduaneras y fiscales, y a los consumidores.

¿Qué cambia?

A partir del 1 de julio de 2021, se modificarán varios aspectos de la aplicación del IVA a las ventas en línea, independientemente de que los consumidores compren a comerciantes de dentro o de fuera de la UE:

  • Con arreglo al sistema actual, las mercancías con un valor inferior a los 22 euros importadas en la Unión por empresas no pertenecientes a la UE están exentas del IVA. A partir del mañana, se suprime esta exención para que se aplique el IVA a todos los bienes que entren en la UE, como sucede en el caso de los bienes vendidos por las empresas de la Unión. Los estudios realizados y la experiencia adquirida han demostrado que se está abusando de esta exención, ya que vendedores sin escrúpulos de fuera de la UE etiquetan engañosamente los envíos de mercancías, como los teléfonos inteligentes, para beneficiarse de la exención. Esta laguna permite a estas empresas sacar ventaja respecto a sus competidores de la UE y cuesta a las haciendas públicas de la UE unos 7 000 millones de euros al año debido al fraude, lo que aumenta la carga fiscal para otros contribuyentes.
  • En la actualidad, los vendedores de comercio electrónico han de contar con su número de IVA en cada Estado miembro en el que tengan un volumen de negocios superior a un determinado umbral global, que varía de un país a otro. A partir del 1 de julio, estos diferentes umbrales se sustituirán por un umbral común de la UE de 10 000 euros, por encima del cual el IVA deberá abonarse en el Estado miembro en el que se entreguen los bienes. Para simplificar la vida a estas empresas y facilitarles la venta en otros Estados miembros, los vendedores en línea pueden ahora inscribirse en un portal electrónico denominado «ventanilla única» (One Stop Shop), en el que pueden dar cumplimiento a todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE. Este umbral de 10 000 euros ya es aplicable a los servicios electrónicos vendidos en línea desde 2019.

En lugar de hacer frente a farragosos procedimientos en otros países, pueden registrarse en su propio Estado miembro y en su propia lengua. Una vez registrado, el minorista en línea puede declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única. Esta se encargará de transmitir el IVA al Estado miembro correspondiente.

  • Análogamente, la introducción de una ventanilla única de importación para los vendedores de fuera de la UE les permitirá registrarse fácilmente a efectos del IVA en la UE y garantizará que el importe correcto del IVA llegue al Estado miembro a que corresponda. Para los consumidores, esto aporta mucha más transparencia. Cuando se compre a un vendedor o plataforma no pertenecientes a la UE registrados en la ventanilla única, el IVA deberá estar incluido en el precio que se pague al vendedor, lo que pondrá fin a las solicitudes de aduanas o o empresas de mensajería que pidan un pago adicional a la llegada de las mercancías al país de residencia, ya que el IVA ya habrá sido abonado.

Son muchas las empresas de fuera de la UE que ya se han registrado en la ventanilla única de importación, incluidos los mayores mercados en línea mundiales.

Contexto

Las actuales normas de la UE sobre el IVA se actualizaron por última vez en 1993, mucho antes de la era digital, y no se ajustan a las necesidades de las empresas, los consumidores y las administraciones en unos tiempos caracterizados por las compras transfronterizas por internet. Mientras tanto, el auge de las compras en línea ha transformado el comercio minorista en todo el mundo, tendencia que se ha acelerado durante la pandemia.

Si bien las nuevas normas modifican a fondo el tratamiento que las empresas en línea de la UE dan al IVA, aportarán innumerables beneficios al facilitar la actividad empresarial, reducir el fraude y mejorar las experiencias como consumidores de los compradores en línea en la UE.

Una «miniventanilla única» similar ya opera con éxito desde 2015 para el IVA de las ventas transfronterizas de servicios electrónicos. Su ampliación a las ventas en línea de mercancías ofrecerá aún más ventajas para los minoristas y consumidores en línea en la UE. En países tales como Noruega, Australia y Nueva Zelanda ya se han puesto en marcha reformas similares que funcionan bien.

Más información

Hay información completa, incluidos consejos y fichas informativas para empresas y consumidores, en nuestro sitio web específico.

 

 

Empiezan a aplicarse nuevas normas de la UE sobre derechos de autor que beneficiarán a los creadores, las empresas y los consumidores

Comisión Europea | 04.06.2021

Este lunes 7 de junio finaliza el plazo para que los Estados miembros transpongan al Derecho nacional las nuevas normas de la UE en materia de derechos de autor. La nueva Directiva sobre derechos de autor protege la creatividad en la era digital, aportando beneficios concretos a los ciudadanos, los sectores creativos, la prensa, los investigadores, los educadores y las instituciones de patrimonio cultural de toda la UE. Al mismo tiempo, la nueva Directiva sobre programas de radio y televisión facilitará a los organismos de radiodifusión europeos la disponibilidad transfronteriza de determinados programas en sus servicios en línea. Además, la Comisión ha publicado hoy sus Orientaciones sobre el artículo 17 de la nueva Directiva sobre derechos de autor, que establece nuevas normas con respecto a las plataformas de intercambio de contenidos.

Ambas Directivas, que entraron en vigor en junio de 2019, tienen por objeto modernizar las normas de la UE en materia de derechos de autor y permitirán a los consumidores y creadores aprovechar al máximo el mundo digital, en el que los servicios de transmisión de música, las plataformas de vídeo a la carta, la televisión por satélite y la televisión por el protocolo de internet, los agregadores de noticias y las plataformas de contenidos cargados por los usuarios se han convertido en las principales vías de acceso a obras creativas y artículos de prensa. Las nuevas normas estimularán la creación y difusión de contenidos de mayor valor y permitirán más usos digitales en ámbitos fundamentales de la sociedad, salvaguardando al mismo tiempo la libertad de expresión y otros derechos fundamentales. Con su transposición a nivel nacional, los ciudadanos y las empresas de la UE pueden empezar a beneficiarse de ellas.

Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva responsable de la cartera de una Europa Adaptada a la Era Digital, ha declarado: «La Directiva sobre derechos de autor y la Directiva sobre programas de radio y televisión permitirán que haya más contenidos disponibles en toda la UE. Los creadores recibirán una remuneración justa por su trabajo y los usuarios podrán confiar en normas claras que protejan la libertad de expresión. Con la transposición nacional de ambas Directivas, todo el mundo se beneficiará de nuevas oportunidades, de modo que podamos disfrutar plenamente de los mejores resultados de internet y de los programas de radio y televisión, incluso de forma transfronteriza».

Thierry Breton, comisario de Mercado Interior, añadió: «Con las nuevas normas sobre derechos de autor, Europa ha establecido un modelo para el uso de contenidos creativos en línea. Las nuevas normas garantizan que los creadores reciban una remuneración justa en el espacio digital, protegiendo al mismo tiempo la libertad de expresión, un valor fundamental en nuestras democracias, y muestran nuestra determinación de garantizar que lo que es ilegal fuera de línea, también sea ilegal en línea. En particular, las orientaciones sobre el artículo 17 contribuirán a fomentar el mercado de licencias en beneficio de los creadores y también de los usuarios, que se beneficiarán de una mayor seguridad jurídica al cargar sus contenidos en línea».

Nueva Directiva sobre derechos de autor

La Directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital establece nuevas normas para garantizar una remuneración más justa para los creadores y titulares de derechos, las editoriales de prensa y los periodistas, en particular cuando sus obras se utilizan en línea, y aumenta la transparencia en sus relaciones con las plataformas en línea. También incluye nuevas garantías para proteger plenamente la libertad de expresión en línea de los ciudadanos de la UE, que podrán compartir legítimamente sus contenidos. Además, las nuevas normas crean más oportunidades para utilizar material protegido por derechos de autor en línea y de forma transfronteriza con fines educativos, de investigación y de conservación del patrimonio cultural.

Orientaciones sobre el artículo 17 – Directiva sobre derechos de autor

Las orientaciones sobre el artículo 17 de la nueva Directiva sobre derechos de autor tienen por objeto apoyar una aplicación coherente en todos los Estados miembros de esta importante disposición de las nuevas normas de la UE en la materia. El artículo 17 establece que determinados proveedores de servicios para compartir contenidos en línea deben obtener una autorización de los titulares de derechos para los contenidos cargados en su sitio web. Si no se concede la autorización, deben tomar medidas para evitar cargas no autorizadas. Las orientaciones ofrecen indicaciones prácticas sobre las principales disposiciones del artículo 17, ayudando a los agentes del mercado a cumplir y aplicar mejor las legislaciones nacionales.

Las orientaciones tienen en cuenta la información recabada de las partes interesadas que participaron en las reuniones organizadas por la Comisión para debatir las mejores prácticas de cooperación entre las plataformas de intercambio de contenidos en línea y los titulares de derechos de autor.

Nueva Directiva sobre programas de radio y televisión

Las nuevas normas establecidas por la Directiva sobre programas de radio y televisión garantizan que los ciudadanos de la UE puedan tener acceso a una gama más amplia de programas en línea y de forma transfronteriza. La Directiva facilita a los organismos de radiodifusión emitir determinados programas en su televisión en directo o sus servicios en diferido en todos los Estados miembros, garantizando al mismo tiempo que los creadores reciban una remuneración adecuada por el uso de sus contenidos. También simplifica la distribución de más canales de radio y televisión por parte de los operadores de retransmisión.

Contexto

En septiembre de 2016, la Comisión Europea propuso modernizar las normas de la UE sobre derechos de autor como parte del mercado único digital, garantizando su adecuación a la era digital. Las Directivas fueron adoptadas en abril de 2019. Los Estados miembros deben notificar ahora a la Comisión sus leyes de transposición de ambas Directivas. La Comisión analizará los textos tras su notificación.

Las orientaciones sobre el artículo 17 tienen por objeto apoyar a los Estados miembros en la aplicación de las nuevas normas sobre el uso de contenidos protegidos por los proveedores de servicios para compartir contenidos en línea y fomentar el desarrollo del mercado de licencias entre los titulares de derechos y los proveedores de servicios para compartir contenidos en línea, garantizando un equilibrio adecuado entre los diferentes derechos fundamentales de los usuarios y los titulares de derechos. Con el fin de orientar adecuadamente a los Estados miembros, la Comisión organizó un diálogo entre las partes interesadas para debatir las mejores prácticas de cooperación entre las plataformas de intercambio de contenidos en línea y los titulares de derechos de autor.

Este diálogo con las partes interesadas, celebrado entre octubre de 2019 y febrero de 2020, reunió a representantes de los titulares de derechos, los proveedores de servicios para compartir contenidos en línea, consumidores, usuarios y organizaciones de derechos fundamentales para dar a conocer sus puntos de vista y debatir posibles soluciones prácticas para la aplicación del artículo 17. Para finalizar el diálogo con las partes interesadas, la Comisión llevó a cabo una consulta escrita específica entre julio y septiembre de 2020. Los distintos elementos de las orientaciones también se han debatido con los Estados miembros en el contexto del Comité de contacto sobre derechos de autor, tras la consulta del verano pasado.

Más información

Preguntas y respuestas – Nuevas normas de la UE sobre derechos de autor

Preguntas y respuestas – Nueva Directiva sobre programas de radio y televisión

Orientaciones sobre el artículo 17

Nueva Directiva sobre derechos de autor

Nueva Directiva sobre programas de radio y televisión

Modernización de las normas sobre derechos de autor de la UE

Folleto: Derechos de autor en el mercado único digital

Ficha informativa: Mejora del acceso a los programas audiovisuales en la UE

 

 

Nuevas Normas Sólidas de la UE para Hacer Cumplir las Normas Comerciales

La Comisión Europea | 16.02.2021

Han entrado en vigor unas nuevas y sólidas normas para hacer cumplir las normas comerciales que reforzarán aún más la caja de herramientas de la UE a la hora de defender sus intereses. Con la actualización del Reglamento de la UE de ejecución de las normas comerciales, la UE puede actuar en una gama más amplia de circunstancias.

Estas nuevas normas mejoran la capacidad de ejecución de la UE introduciendo los siguientes cambios:

  • facultar a la UE para que actúe a fin de proteger sus intereses comerciales en la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en virtud de acuerdos bilaterales cuando una diferencia comercial esté bloqueada a pesar de que la UE haya tratado, de buena fe, de seguir los procedimientos de solución de diferencias (anteriormente, el Reglamento solamente permitía actuar una vez finalizados los procedimientos de solución de diferencias); y
  • ampliar el ámbito de aplicación del Reglamento y de las posibles contramedidas de política comercial a los servicios y a determinados aspectos de los derechos de propiedad intelectual (DPI) relacionados con el comercio (anteriormente, el Reglamento solo permitía contramedidas en relación con las mercancías).

Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo de la Comisión y comisario de Comercio, declaró: «La Unión Europea debe poder defenderse contra las prácticas comerciales desleales. Estas nuevas normas nos ayudarán a protegernos de quienes intentan aprovecharse de nuestra apertura. Seguimos trabajando en pro de nuestra primera preferencia, que es un código normativo multilateral reformado y que funcione correctamente, y que tenga como núcleo un sistema eficaz de solución de diferencias. Pero no podemos permitirnos permanecer indefensos entre tanto. Estas medidas nos permiten responder de forma decidida y firme».

En consonancia con las orientaciones políticas de la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, la Comisión está reforzando los instrumentos de la Unión para centrarse en el cumplimiento y la ejecución de los acuerdos comerciales de la UE.

Una prioridad clave de esta Comisión es garantizar el respeto de los compromisos acordados con otros socios comerciales. Por consiguiente, la UE se está centrando especialmente en exigir el cumplimiento de los compromisos contraídos por sus socios en los acuerdos comerciales multilaterales, regionales y bilaterales. Para ello, la Unión se apoyará en un conjunto de instrumentos.

Contexto

La propuesta de modificar el Reglamento existente de ejecución de las normas comerciales es una reacción al bloqueo de las operaciones del Órgano de Apelación de la OMC. El Reglamento en vigor —que constituye una base en virtud del Derecho de la UE para la adopción de contramedidas comerciales— exige que, para que la Unión pueda reaccionar, las diferencias han de haberse sometido antes a todos los procedimientos de la OMC, incluida la fase de apelación. La ausencia de un Órgano de Apelación de la OMC funcional permite que los miembros de la OMC eludan sus obligaciones y eviten una resolución vinculante simplemente apelando contra un informe de un grupo especial.

El Reglamento revisado permite a la UE reaccionar aun cuando la OMC no haya emitido una resolución final porque el otro miembro de la OMC bloquee el procedimiento de resolución de diferencias al recurrir al Órgano de Apelación que no funciona y al no aceptar un arbitraje alternativo en el marco del Acuerdo de Solución de Diferencias de la OMC.

Este nuevo mecanismo también se aplica a la solución de diferencias en relación con acuerdos comerciales regionales o bilaterales de los que la UE es parte si se produjera un bloqueo similar. La UE ha de ser capaz de dar una respuesta firme en caso de que los socios comerciales obstaculicen la resolución efectiva de diferencias, por ejemplo mediante el bloqueo de la composición de los grupos especiales.

Mecanismo contra la coerción

Como parte del acuerdo, la Comisión se ha comprometido a desarrollar rápidamente el mecanismo de la UE contra la coerción. Tal como se anunció en la carta de intenciones de la Presidenta de la Comisión Europea al Presidente del Parlamento Europeo y al Presidente en ejercicio del Consejo de 16 de septiembre de 2020, la Comisión adoptará la propuesta sobre el mecanismo contra la coerción a más tardar a finales de 2021. El mecanismo contra la coerción también está incluido en el programa de trabajo de la Comisión Europea para 2021.

Esfuerzos adicionales en materia de aplicación y ejecución

Además de mejorar el Reglamento de ejecución de las normas comerciales y proponer un mecanismo contra la coerción, desde el inicio de la presente Comisión se han tomado otras medidas para reforzar y orientar los esfuerzos de aplicación y ejecución de la UE. Esto incluye:

  • el nombramiento de un Alto Responsable de la Aplicación de la Política Comercial;
  • la creación de una nueva Dirección de aplicación, acceso al mercado y pymes en la DG Comercio; y
  • la creación, en el marco de Access2Markets, de un punto de entrada único para las reclamaciones de las partes interesadas y empresas de la UE sobre las barreras comerciales en los mercados extranjeros y las violaciones de los compromisos en materia de comercio sostenible de los acuerdos comerciales de la UE.

 

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