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Certificado Digital UE Covid19: Acuerdo Provisional entre el PE y el Consejo

Los negociadores del Parlamento y el Consejo alcanzaron el jueves un acuerdo provisional para un certificado digital UE Covid para facilitar el libre movimiento durante la pandemia.

El certificado estará disponible en formato digital y en papel. Servirá para demostrar que una persona ha sido vacunada contra el coronavirus, o cuenta con un test negativo o ha superado la enfermedad. En la práctica, esto serán tres certificados diferentes. Un marco común europeo permitirá a los Estados miembros emitir certificados que serán aceptados por el resto de países del bloque.

El reglamento del certificado digital UE Covid estará en vigor durante doce meses. El certificado no será un requisito para la libertad de movimiento y no será considerado un documento de viaje.

Apoyo presupuestario para test asequibles y accesibles

Para que los test sean “asequibles y accesibles”, la Comisión Europea se comprometió a movilizar “al menos 100 millones de euros” del Instrumento de Apoyo de Emergencia para la compra de test para la infección por SARS-CoV-2 para la emisión del certificado digital UE Covid. Esto debería beneficiar a las personas que cruzan las fronteras a diario o frecuentemente para trabajar o estudiar, visitar a familiares, buscar atención médica, o atender a familiares.

Los negociadores acordaron que, si fuera necesario, se podrían movilizar más fondos por encima de los citados 100 millones, sujeto a la aprobación de las autoridades presupuestarias.

Restricciones adicionales sólo en casos justificados

Los Estados miembros no deberán imponer restricciones adicionales en respuesta a la pandemia de COVID-19, como cuarentenas, auto-aislamiento o test, «a no ser que sea necesario y proporcionado para salvaguardar la salud pública». La evidencia científica disponible, «incluidos los datos epidemiológicos publicados por el Centro Europeo de Control y Prevención de Enfermedades (ECDC)» deberá ser tenida en cuenta. Esas medidas deberán ser notificadas al resto de Estados miembros y la Comisión Europea como tarde 48 horas antes.

Vacunas

Los Estados miembros deberán aceptar certificados de vacunación emitidos en otros países de la UE para personas inoculadas con una vacuna autorizada para su uso en la UE por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) -hasta la fecha, Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen-. Dependerá de cada país decidir si también aceptan certificados de vacunación de otros Estados miembros en aplicación de la lista de emergencia de la OMS.

Protección de datos

Los certificados estarán verificados, igual que sus sellos electrónicos, para evitar el fraude y la falsificación. Los datos personales obtenidos para la expedición del certificado no podrán almacenarse en el país de destino y no habrá una base de datos centralizada en la UE. La lista de organismos que procesarán y recibirán los datos será pública, para que los ciudadanos puedan ejercitar su derecho a la protección de datos, en el marco del Reglamento General de Protección de Datos.

Declaración

El presidente de la comisión de Libertades del PE y ponente, Juan Fernando López Aguilar (S&D, España), señaló: «El acuerdo alcanzado hoy no responde a todas las demandas del Parlamento, pero supone una mejora sustancial respecto a la situación actual para millones de ciudadanos de la UE. El certificado digital UE Covid restaurará la libertad de movimiento en la UE, al ir levantando los países las restricciones. Este acuerdo es el primer paso para volver a poner la zona Schengen en marcha».

Próximos pasos

El texto será sometido a votación en la comisión de Libertades el 26 de mayo, y pasará a continuación al pleno, que deberá confirmarlo en la sesión del 7 al 10 de junio. El Consejo también debe respaldar el acuerdo. 

 

La Comisión Propone Suavizar las Restricciones de los Viajes no Esenciales a la UE


La Comisión Europea | 04.05.2021

La Comisión propuso ayer que los Estados miembros suavicen las actuales restricciones de los viajes no esenciales a la UE para tener en cuenta los avances de las campañas de vacunación y la evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo.

La Comisión propone permitir la entrada en la UE por razones no esenciales no solo a todas las personas procedentes de países con una buena situación epidemiológica, sino también a todas las personas que hayan recibido la última dosis recomendada de una vacuna autorizada por la UE. Este permiso podría ampliarse a las vacunas para las que se haya completado el proceso de inclusión en la lista de uso en emergencias de la OMS. Además, la Comisión propone aumentar, en consonancia con la evolución de la situación epidemiológica en la UE, el umbral relativo al número de nuevos casos de COVID-19 utilizado para fijar la lista de países desde los cuales deben permitirse todos los viajes. Esta medida debería permitir al Consejo ampliar dicha lista.

Al mismo tiempo, la aparición de variantes de coronavirus preocupantes exige una vigilancia continua. Por lo tanto, como contrapeso, la Comisión propone un nuevo mecanismo de «freno de emergencia», que se coordinaría a escala de la UE y que limitaría el riesgo de que estas variantes entren en la UE. Gracias a él, los Estados miembros podrán actuar con rapidez, limitando al mínimo indispensable todos los viajes desde los países afectados durante el tiempo necesario para adoptar las medidas sanitarias adecuadas.

Viajes no esenciales para viajeros vacunados

La Comisión propone que los Estados miembros supriman las restricciones a los viajes no esenciales para las personas vacunadas que viajen a la UE. Esta medida refleja los últimos dictámenes científicos, que demuestran que la vacunación ayuda considerablemente a romper la cadena de transmisión.

Los Estados miembros deben permitir viajar a la UE a aquellas personas que hayan recibido, al menos 14 días antes de su llegada, la última dosis recomendada de una vacuna que cuente con una autorización de comercialización en la UE. Los Estados miembros también podrían ampliar el permiso a las personas vacunadas con una vacuna para la que se haya completado el proceso de inclusión en la lista de uso en emergencias de la OMS. Además, si los Estados miembros deciden suprimir el requisito de presentar una prueba PCR negativa o de someterse a cuarentena para las personas vacunadas en su territorio, también deben eximir de dicho requisito a los viajeros vacunados procedentes de fuera de la UE.

Este proceso debería facilitarse una vez que el certificado verde digital sea operativo, de conformidad con las normas propuestas por la Comisión el 17 de marzo. En particular, los viajeros deben poder demostrar su situación con respecto a la vacunación mediante un certificado verde digital expedido individualmente por las autoridades de los Estados miembros, o mediante otro certificado reconocido como equivalente en virtud de una decisión de adecuación de la Comisión.

Hasta que el certificado verde digital sea operativo, los Estados miembros deben poder aceptar certificados de países no pertenecientes a la UE basados en la legislación nacional, teniendo en cuenta la capacidad de verificar la autenticidad, validez e integridad del certificado en cuestión, y si este contiene todos los datos pertinentes.

Los Estados miembros podrían considerar la posibilidad de crear un portal que permita a los viajeros solicitar el reconocimiento de un certificado de vacunación expedido por un país no perteneciente a la UE como prueba fiable de vacunación, o la expedición de un certificado verde digital.

Los niños excluidos de la vacunación deben poder viajar con sus padres vacunados si muestran una prueba PCR negativa de COVID-19 realizada con una antelación máxima de 72 horas con respecto a la hora de llegada. En estos casos, los Estados miembros podrían exigir pruebas adicionales tras la llegada.

Supresión total de las restricciones de los viajes no esenciales desde más países

En este momento, independientemente de la situación individual con respecto a la vacunación, se permiten los viajes no esenciales desde 7 países con una buena situación epidemiológica. El Consejo decide esta lista sobre la base de los criterios epidemiológicos contenidos en la Recomendación vigente.

La Comisión propone modificar tales criterios a fin de tener en cuenta las crecientes pruebas del efecto positivo de las campañas de vacunación. La propuesta consiste en aumentar de 25 a 100 el umbral de notificación acumulada de casos de COVID-19 durante los 14 días previos. Esta cifra sigue estando considerablemente por debajo de la media actual de la UE, que es superior a 420.

El umbral adaptado debe permitir al Consejo ampliar la lista de países desde los que se permiten viajes no esenciales, independientemente de la situación con respecto a la vacunación, siempre que se apliquen medidas relacionadas con la salud, como las pruebas diagnósticas o la cuarentena. Como ya ocurre ahora, el Consejo debe revisar esta lista al menos cada 2 semanas.

Seguir autorizando los viajes esenciales

Quienes viajen por razones esenciales, incluidos, en particular, los profesionales sanitarios, los trabajadores transfronterizos, los trabajadores agrícolas temporeros, el personal de transporte y los marinos, los pasajeros en tránsito, las personas que viajan por razones familiares imperiosas o quienes lo hacen por motivos de estudios, deben seguir estando autorizados a entrar en la UE, independientemente de si están vacunados o no, o del país del que procedan. Este mismo criterio se aplica a los ciudadanos de la UE y a los residentes de larga duración, así como a los miembros de sus familias. Los viajes de este tipo deben seguir estando sujetos a medidas relacionadas con la salud, como las pruebas diagnósticas y las cuarentenas decididas por los Estados miembros.

«Freno de emergencia» para contrarrestar la propagación de variantes

Cuando la situación epidemiológica de un país no perteneciente a la UE empeore rápidamente y, en particular, si se detecta una variante preocupante o de interés, un Estado miembro puede suspender urgentemente y de forma temporal todos los viajes entrantes de ciudadanos no pertenecientes a la UE residentes en ese país. Las únicas excepciones en este caso afectarían a los profesionales sanitarios, el personal de transporte, los diplomáticos, los pasajeros en tránsito, las personas que viajan por razones familiares imperiosas, los marinos y las personas necesitadas de protección internacional o que necesiten desplazarse por otras razones humanitarias. Estos viajeros deben estar sujetos a condiciones estrictas de prueba diagnóstica y cuarentena, incluso si han sido vacunados.

Cuando un Estado miembro aplique tales restricciones, los Estados miembros reunidos en el seno de las estructuras del Consejo deben revisar la situación conjuntamente de manera coordinada y en estrecha cooperación con la Comisión, y deben seguir haciéndolo al menos cada 2 semanas.

Próximas etapas

Corresponde ahora al Consejo estudiar esta propuesta. Está previsto un primer debate a nivel técnico en la reunión del Dispositivo de Respuesta Política Integrada a las Crisis (RPIC) del Consejo que tendrá lugar el 4 de mayo, seguido de un debate en la reunión de los embajadores de la UE (Coreper) del 5 de mayo.

Una vez que el Consejo adopte la propuesta, corresponderá a los Estados miembros aplicar las medidas establecidas en la Recomendación. El Consejo debe revisar la lista de países no pertenecientes a la UE exentos de la restricción de viaje a la luz de los criterios actualizados y seguir haciéndolo cada dos semanas.

Contexto

Sobre la base de una Recomendación acordada por el Consejo, se está aplicando actualmente una restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE desde muchos países no pertenecientes a ella. El Consejo revisa periódicamente y, en su caso, actualiza la lista de países desde los que es posible viajar con arreglo a la evaluación de la situación sanitaria.

Esa restricción se aplica solo a los viajes no esenciales. Quienes tengan una razón esencial para venir a Europa deben seguir teniendo la posibilidad de hacerlo. Las categorías de viajeros con una función o necesidad esenciales se enumeran en el anexo II de la Recomendación del Consejo. Los ciudadanos de la UE y los residentes de larga duración, así como los miembros de sus familias, también deben estar autorizados para entrar en la UE.

A raíz de una propuesta de la Comisión, el Consejo acordó el 2 de febrero de 2021 salvaguardias y restricciones adicionales para los viajeros internacionales que viajan a la UE, destinadas a garantizar que los viajes esenciales a la UE sigan siendo seguros en el contexto de la aparición de nuevas variantes de coronavirus y de la volatilidad de la situación sanitaria en todo el mundo. Estas siguen siendo aplicables.

El 17 de marzo de 2021, en una Comunicación titulada «Una senda común hacia la reapertura segura de Europa», la Comisión se comprometió a vigilar de cerca el funcionamiento de la Recomendación del Consejo relativa a la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, y propuso modificaciones en consonancia con la evolución de la situación. La propuesta de ayer actualiza la Recomendación del Consejo.

En paralelo a los preparativos para la reanudación de los viajes internacionales de los viajeros vacunados, la Comisión propuso, el 17 de marzo de 2021, crear un certificado verde digital que demuestre que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, ha recibido un resultado negativo o se ha recuperado de la COVID-19, a fin de facilitar la circulación segura y libre dentro de la UE. La presente propuesta también sienta las bases para el reconocimiento de los certificados de vacunación de países no pertenecientes a la UE.

La Recomendación del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE se refiere a la entrada en la UE. A la hora de decidir si pueden suprimirse las restricciones a los viajes no esenciales para un determinado país no perteneciente a la UE, los Estados miembros deben tener en cuenta la reciprocidad de las medidas aplicadas por dicho país a los países de la UE. Se trata de una cuestión distinta de la del reconocimiento de los certificados expedidos por países no pertenecientes a la UE en virtud del certificado verde digital.

La Recomendación del Consejo afecta a todos los Estados miembros (excepto Irlanda), así como a los 4 Estados no pertenecientes a la UE que se han adherido al espacio Schengen: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. A efectos de las restricciones de viaje, estos países están asimilados a los Estados miembros.

En el sitio web Re-open EU puede consultarse la información más reciente comunicada por los Estados miembros sobre las normas aplicables a la entrada desde países no pertenecientes a la UE.

Actualización de medidas para los desplazamientos dentro y fuera de la UE

Comisión Europea | 25.01.2021

La Comisión Europea presenta dos propuestas para: (1) actualizar un enfoque coordinado sobre las restricciones a la libre circulación dentro de la UE y (2) introducir salvaguardias y requisitos adicionales para los viajeros internacionales que se desplazan a la UE.

Libre circulación dentro de la UE

En vista de las nuevas variantes del coronavirus y del elevado número de nuevas infecciones en muchos Estados miembros, se considera necesario disuadir firmemente de realizar viajes no esenciales, evitando al mismo tiempo los cierres fronterizos o las prohibiciones de viajes con carácter general, garantizando así la continuidad del funcionamiento del mercado único y de las cadenas de suministro. Por consiguiente, la Comisión propone actualizar la Recomendación del Consejo del pasado mes de octubre sobre la coordinación de las medidas que afectan a la libre circulación en la Unión Europea. La propuesta de la Comisión incluye la adición de un nuevo nivel «rojo oscuro» al código de colores existente elaborado por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) y la adopción de medidas más estrictas para los viajeros procedentes de las zonas de mayor riesgo.

El comunicado de prensa completo y la propuesta de la Comisión están disponibles en línea.

Viajes desde fuera de la UE

Las nuevas variantes del coronavirus y la inestabilidad de la situación sanitaria en todo el mundo exigen nuevas medidas para garantizar que todo viaje a la UE se realice de forma segura. La Comisión propone salvaguardias y requisitos adicionales para los viajeros internacionales que se dirigen a la UE. Además, teniendo en cuenta los dictámenes científicos más recientes, la Comisión propone criterios actualizados para decidir sobre la aplicación de restricciones aplicables a los viajes no esenciales a la UE de personas procedentes de un país no perteneciente a la UE, teniendo en cuenta el volumen de pruebas, la positividad de las mismas y la detección de determinadas variantes preocupantes.

El comunicado de prensa completo y la propuesta de la Comisión están disponibles en línea.

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