IVA

IVA: las nuevas normas sobre comercio electrónico en la UE simplificarán la vida de los comerciantes e introducirán más transparencia para los consumidores

Comisión Europea | 28.06.21

Mañana entrarán en vigor las nuevas normas sobre el impuesto sobre el valor añadido (IVA) para las compras en línea. Esta novedad se enmarca en el contexto de los esfuerzos destinados a garantizar unas condiciones de competencia más equitativas para todas las empresas, simplificar el comercio electrónico transfronterizo e introducir una mayor transparencia para los compradores de la UE en lo que respecta a los precios y la libre elección.

El sistema del IVA de la UE se actualizó por última vez en 1993 y no ha seguido el ritmo del auge del comercio electrónico internacional, que ha transformado el sector minorista en los últimos años. La pandemia de coronavirus también ha acelerado el auge del comercio minorista en línea y ha confirmado la necesidad de una reforma para velar por que se abone al país del consumidor el IVA adeudado por las ventas en línea. La nueva normativa también responde a la necesidad de simplificar la vida tanto a los compradores como a los comerciantes, y afectará a los vendedores y mercados o plataformas en línea, tanto dentro como fuera de la UE, a las empresas de correos y mensajería, a las administraciones aduaneras y fiscales, y a los consumidores.

¿Qué cambia?

A partir del 1 de julio de 2021, se modificarán varios aspectos de la aplicación del IVA a las ventas en línea, independientemente de que los consumidores compren a comerciantes de dentro o de fuera de la UE:

  • Con arreglo al sistema actual, las mercancías con un valor inferior a los 22 euros importadas en la Unión por empresas no pertenecientes a la UE están exentas del IVA. A partir del mañana, se suprime esta exención para que se aplique el IVA a todos los bienes que entren en la UE, como sucede en el caso de los bienes vendidos por las empresas de la Unión. Los estudios realizados y la experiencia adquirida han demostrado que se está abusando de esta exención, ya que vendedores sin escrúpulos de fuera de la UE etiquetan engañosamente los envíos de mercancías, como los teléfonos inteligentes, para beneficiarse de la exención. Esta laguna permite a estas empresas sacar ventaja respecto a sus competidores de la UE y cuesta a las haciendas públicas de la UE unos 7 000 millones de euros al año debido al fraude, lo que aumenta la carga fiscal para otros contribuyentes.
  • En la actualidad, los vendedores de comercio electrónico han de contar con su número de IVA en cada Estado miembro en el que tengan un volumen de negocios superior a un determinado umbral global, que varía de un país a otro. A partir del 1 de julio, estos diferentes umbrales se sustituirán por un umbral común de la UE de 10 000 euros, por encima del cual el IVA deberá abonarse en el Estado miembro en el que se entreguen los bienes. Para simplificar la vida a estas empresas y facilitarles la venta en otros Estados miembros, los vendedores en línea pueden ahora inscribirse en un portal electrónico denominado «ventanilla única» (One Stop Shop), en el que pueden dar cumplimiento a todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE. Este umbral de 10 000 euros ya es aplicable a los servicios electrónicos vendidos en línea desde 2019.

En lugar de hacer frente a farragosos procedimientos en otros países, pueden registrarse en su propio Estado miembro y en su propia lengua. Una vez registrado, el minorista en línea puede declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única. Esta se encargará de transmitir el IVA al Estado miembro correspondiente.

  • Análogamente, la introducción de una ventanilla única de importación para los vendedores de fuera de la UE les permitirá registrarse fácilmente a efectos del IVA en la UE y garantizará que el importe correcto del IVA llegue al Estado miembro a que corresponda. Para los consumidores, esto aporta mucha más transparencia. Cuando se compre a un vendedor o plataforma no pertenecientes a la UE registrados en la ventanilla única, el IVA deberá estar incluido en el precio que se pague al vendedor, lo que pondrá fin a las solicitudes de aduanas o o empresas de mensajería que pidan un pago adicional a la llegada de las mercancías al país de residencia, ya que el IVA ya habrá sido abonado.

Son muchas las empresas de fuera de la UE que ya se han registrado en la ventanilla única de importación, incluidos los mayores mercados en línea mundiales.

Contexto

Las actuales normas de la UE sobre el IVA se actualizaron por última vez en 1993, mucho antes de la era digital, y no se ajustan a las necesidades de las empresas, los consumidores y las administraciones en unos tiempos caracterizados por las compras transfronterizas por internet. Mientras tanto, el auge de las compras en línea ha transformado el comercio minorista en todo el mundo, tendencia que se ha acelerado durante la pandemia.

Si bien las nuevas normas modifican a fondo el tratamiento que las empresas en línea de la UE dan al IVA, aportarán innumerables beneficios al facilitar la actividad empresarial, reducir el fraude y mejorar las experiencias como consumidores de los compradores en línea en la UE.

Una «miniventanilla única» similar ya opera con éxito desde 2015 para el IVA de las ventas transfronterizas de servicios electrónicos. Su ampliación a las ventas en línea de mercancías ofrecerá aún más ventajas para los minoristas y consumidores en línea en la UE. En países tales como Noruega, Australia y Nueva Zelanda ya se han puesto en marcha reformas similares que funcionan bien.

Más información

Hay información completa, incluidos consejos y fichas informativas para empresas y consumidores, en nuestro sitio web específico.

 

 

La Comisión Propone Eximir del IVA a los Bienes y Servicios Vitales

La Comisión Europea | 12.04.2021

La Comisión Europea ha propuesto hoy eximir del impuesto sobre el valor añadido (IVA) los bienes y servicios ofrecidos por la Comisión Europea y los organismos y agencias de la UE a los Estados miembros y los ciudadanos en tiempos de crisis. Esto responde a la experiencia adquirida durante la pandemia de coronavirus. Entre otras cosas, ha demostrado que la aplicación del IVA a determinadas operaciones acaba siendo un factor de coste en las operaciones de contratación pública que ejerce presión sobre unos presupuestos limitados. Por lo tanto, la iniciativa de hoy maximizará la eficiencia de los fondos de la UE utilizados en interés público para responder a crisis como catástrofes naturales y emergencias de salud pública. También reforzará los organismos de gestión de catástrofes y crisis a escala de la UE, por ejemplo, los que actúan en el ámbito de la Unión Europea de la Salud y del Mecanismo de Protección Civil de la UE.

Una vez en vigor, las nuevas medidas permitirán a la Comisión y a otras agencias y organismos de la UE importar y adquirir bienes y servicios exentos de IVA cuando dichas compras se distribuyan durante una respuesta de emergencia en la UE. Los destinatarios pueden ser Estados miembros o terceros como las autoridades o instituciones nacionales (por ejemplo, un hospital, una autoridad nacional sanitaria o de protección civil). Los bienes y servicios cubiertos por la exención propuesta abarcan, por ejemplo, los siguientes:

  • pruebas de diagnóstico y materiales de ensayo, y equipos de laboratorio;
  • equipos de protección individual (EPI), tales como guantes, respiradores, máscaras, batas, productos y equipos de desinfección;
  • tiendas de campaña, camas de campamento, ropa y alimentos;
  • equipos de búsqueda y salvamento, sacos terreros, chalecos salvavidas y botes inflables;
  • antimicrobianos y antibióticos, antídotos contra peligros químicos, tratamientos para lesiones por radiación, antitoxinas, comprimidos de yodo;
  • hemoderivados o anticuerpos;
  • dispositivos de medición de la radiación;
  • desarrollo, producción y adquisición de los productos necesarios, actividades de investigación e innovación, almacenamiento estratégico de productos; autorizaciones farmacéuticas, instalaciones de cuarentena, ensayos clínicos, desinfección de locales, etc.

El comisario europeo de Economía, Paolo Gentiloni, ha declarado: «La pandemia de COVID-19 nos ha enseñado que este tipo de crisis son polifacéticas y repercuten ampliamente en nuestras sociedades. Es esencial reaccionar frente a ellas con rapidez y eficacia; si queremos estar preparados para el futuro, hemos de ofrecer nuestra respuesta más contundente de inmediato. La propuesta de hoy apoya el objetivo de la UE de reaccionar ante las crisis y emergencias en la Unión. También garantizará que se aproveche al máximo el efecto financiero de los esfuerzos de ayuda a escala de la UE para luchar contra la pandemia y sostener la recuperación».

Próximas etapas

Esta propuesta legislativa, que modificará la Directiva sobre el IVA, se presentará ahora al Parlamento Europeo a fin de recabar su dictamen, y al Consejo para su adopción.

Los Estados miembros adoptarán y publicarán a más tardar el 30 de abril de 2021 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva. Aplicarán dichas disposiciones a partir del 1 de enero de 2021.

Contexto

La pandemia de COVID-19 ha puesto claramente de manifiesto la importancia de una preparación y una respuesta coherentes, decisivas y centralizadas a escala de la UE en tiempos de crisis. En el contexto de la pandemia de coronavirus, la Comisión Von der Leyen ya ha diseñado planes para reforzar la preparación y la gestión de la UE ante las amenazas transfronterizas para la salud, y ha presentado los elementos constitutivos de una Unión Europea de la Salud más fuerte. Al mismo tiempo, la Comisión ha propuesto un refuerzo de la cooperación entre los Estados miembros de la UE a través del Mecanismo de Protección Civil a fin de mejorar las respuestas a futuras catástrofes naturales o de origen humano. Por ejemplo, en el marco de la nueva Unión Europea de la Salud, la Comisión anunció la creación de la Autoridad Europea de Preparación y Respuesta ante Emergencias Sanitarias (HERA) para desplegar rápidamente las medidas médicas y de otro tipo más avanzadas en caso de emergencia sanitaria, abarcando toda la cadena de valor, desde la concepción hasta la distribución y el uso.

La UE ya ha tomado medidas en el ámbito de la fiscalidad y las aduanas para apoyar la lucha contra la pandemia de coronavirus y la recuperación de la crisis que ha provocado. En abril de 2020, la UE acordó eximir del pago de las tasas aduaneras y del IVA a las importaciones de mascarillas y otros equipos de protección necesarios para luchar contra la pandemia. Esta exención sigue en vigor y hay planes para su prórroga. En diciembre de 2020, los Estados miembros de la UE acordaron nuevas medidas propuestas por la Comisión para permitir una exención temporal del IVA para las vacunas y los equipos de diagnóstico vendidos a hospitales, médicos y particulares, así como los servicios estrechamente relacionados. Con arreglo a la Directiva modificada, los Estados miembros podrán aplicar tipos reducidos o nulos tanto a las vacunas como a los equipos de diagnóstico si así lo desean.

 

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