25/03/2020 | Comisión Europea
La Comisión Europea ha presentado hoy orientaciones destinadas a garantizar un enfoque firme en toda la UE para el control de las inversiones extranjeras en estos momentos de crisis de la salud pública y de consiguiente vulnerabilidad económica. El objetivo es preservar las empresas y los activos críticos de la UE, especialmente en ámbitos como la salud, la investigación médica, la biotecnología y las infraestructuras, que son esenciales para la seguridad y el orden público, sin por ello socavar la apertura general de la UE a la inversión extranjera.
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha declarado: «Si queremos que Europa salga de esta crisis tan fuerte como entró en ella, es ahora cuando debemos tomar medidas preventivas. Como en cualquier período de crisis, en que nuestros activos industriales y empresariales pueden estar sometidos a tensiones, debemos proteger nuestra seguridad y nuestra soberanía económica. Tenemos los instrumentos necesarios para hacer frente a esta situación en el Derecho de Europa y nacional, y deseo instar a los Estados miembros a que los utilicen plenamente. La UE es un mercado abierto a la inversión extranjera directa, y lo seguirá siendo. Pero esta apertura no es incondicional».
Phil Hogan, comisario de Comercio, ha afirmado: «Estamos ante una crisis de salud pública sin precedentes, con profundas consecuencias para la economía europea. En la UE estamos abiertos a la inversión extranjera, y deseamos seguir así. Sin embargo, en las circunstancias actuales, necesitamos matizar esta apertura con los controles adecuados. Necesitamos saber quién invierte y con qué fin. La UE y sus Estados miembros disponen de instrumentos jurídicos adecuados para ello. Las orientaciones presentadas hoy instan a los Estados miembros a que utilicen dichos instrumentos en la mayor medida posible y aportarán más claridad sobre la forma de utilizar el marco de control de las inversiones para evitar una venta masiva de los activos estratégicos de la UE durante la actual crisis».
Con arreglo a las normas vigentes de la UE, los Estados miembros están facultados para someter a control las inversiones extranjeras directas (IED) de países no pertenecientes a la UE por motivos de seguridad o de orden público. La protección de la salud pública se considera una razón imperiosa de interés general. Por consiguiente, los Estados miembros pueden imponer medidas de reducción de riesgos (como compromisos de suministro para atender necesidades vitales, tanto nacionales como de la UE) o impedir que un inversor extranjero adquiera o asuma el control de una empresa. Actualmente hay catorce Estados miembros que tienen en marcha mecanismos nacionales de control de la inversión extranjera directa. Gracias al Reglamento de la UE para el control de las inversiones extranjeras directas, vigente desde el año pasado, la UE está bien equipada para coordinar el control de las adquisiciones extranjeras realizadas en los Estados miembros.
Al presentar estas orientaciones, la Comisión insta a los Estados miembros que ya disponen de un mecanismo de control a que utilicen plenamente los instrumentos existentes en virtud del Derecho de la Unión y nacional a fin de evitar flujos de capital procedentes de países que no pertenecen a la UE que puedan socavar la seguridad o el orden público de Europa.
La Comisión pide asimismo a los demás Estados miembros que establezcan un mecanismo de control completo y, mientras tanto, que consideren todas las opciones a su alcance, de conformidad con el Derecho de la Unión y con las obligaciones internacionales, para ocuparse de aquellos casos en que la adquisición o el control de una empresa, una infraestructura o una tecnología específicas por un inversor extranjero pueda suponer un riesgo para la seguridad o el orden público en la UE.
La Comisión también alienta a la cooperación entre los Estados miembros en lo relativo a casos de control de la IED cuando dicha inversión extranjera pueda afectar al mercado único de la UE. Las adquisiciones extranjeras que se estén efectuando ahora entran ya en el ámbito de aplicación del Reglamento de la UE para el control de las inversiones extranjeras directas, y podrían revisarse en el marco del mecanismo de cooperación establecido por dicho Reglamento, que estará plenamente operativo a partir de octubre de 2020.
En lo que respecta a los movimientos de capitales, las orientaciones también recuerdan las circunstancias específicas en las que cabe la posibilidad de restringir la libre circulación de capitales, especialmente los procedentes de terceros países vinculados a la adquisición de acciones.
Además, la Comisión seguirá observando atentamente la evolución de la situación sobre el terreno y está dispuesta a debatir cualquier caso de inversión extranjera con gran impacto en Europa y garantizar la coordinación al respecto. La protección de los activos estratégicos de la UE también será tema de debate entre la presidenta Von der Leyen y los dirigentes de la UE en la videoconferencia que el Consejo Europeo celebrará mañana.
Contexto
El Reglamento de la UE para el control de las inversiones extranjeras directas se adoptó en marzo de 2019. Establece por primera vez un mecanismo a escala de la UE para coordinar el control de las inversiones extranjeras que probablemente afecten a la seguridad y al orden público de la Unión y de sus Estados miembros. Este mecanismo se basa en la obligación de la Comisión y los Estados miembros de intercambiar información, así como en la posibilidad de que tanto una como otros emitan dictámenes y observaciones sobre operaciones específicas. La aplicación de este mecanismo comenzará el 11 de octubre de 2020. La Comisión y los Estados miembros ya están cooperando con miras a adaptar los mecanismos nacionales de control y garantizar la aplicación íntegra y rápida del Reglamento a escala nacional y de la UE.